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PRECANDIDATOS INSCRIPTOS DEBEN TOMAR LICENCIA. JCE insta a funcionarios a observar los límites de la Ley Electoral
La JCE explica que el alcance de la medida es para funcionarios designados de por decreto y de los ayuntamientos. Mientras que insta a los electos mediante el voto popular, como es el caso del presidente de la República, a observar las limitaciones de la Ley Electoral.
La Junta Central Electoral (JCE) prohibió la presión a empleados y funcionaros que laboren en instituciones públicas para que voten a favor o en contra de aspirantes en los procesos internos de los partidos.
La disposición está contenida en la resolución 38/23 sobre la participación de los funcionarios públicos en la precampaña.
En la disposición, la JCE recuerda que los funcionarios designados por decreto, cuyas candidaturas sean aceptadas por la JCE, quedan suspendidos de manera automática en sus funciones mientras dure la campaña electoral.
Desde que el presidente Luis Abinader oficializó su precandidatura, algunos dirigentes de la oposición han exigido al gobernante que tome una licencia en el cargo, a pesar de que la ley no obliga a los funcionarios electos mediante el voto popular a cesar en sus funciones cuando asumen una candidatura presidencial, contrario a lo que ocurre con los que son designados mediante decreto y manejan presupuesto público.
“Los funcionarios públicos deben abstenerse de ejercer actos en cualquier forma o modalidad, así como vía de hechos que impliquen algún tipo de presión o sugestión de los servidores públicos que laboran en las instituciones del Estado, que estos dirigen y que tengan como propósito o intención que dichos servidores públicos ejerzan su derecho a favor o en contra de un aspirante en los procesos internos de las organizaciones políticas”, expresa la resolución del organismo.
La misma disposición prohíbe a los funcionarios públicos utilizar imágenes y fotografías en afiches o videos en espacios públicos y medios de comunicación que hagan alusión a las aspiraciones políticas de dichos funcionarios o terceras personas con iguales aspiraciones.
“Las instituciones del Estado y sus incumbentes deberán abstenerse de utilizar, bajo cualquier modalidad en la publicidad de dichas instituciones, elementos propagandísticos de tipo político o que entrañen la promoción de las aspiraciones políticas, sea del incumbente de dicha institución o demás funcionarios”, establece la disposición de la JCE.
El órgano advierte que usar los recursos públicos para favorecer candidaturas es considerado financiamiento ilícito de campaña y conlleva sanciones que incluyen prisión. l
Señala que la regulación busca equidad
La JCE en uno de los considerando de la resolución 38/23 establece que la participación de los funcionarios en la competencia electoral requiere de medidas “para garantizar equidad en la competición y que las demás personas que aspiran a lo interno de una organización pueden tener igualdad de condiciones en la contienda”. Establece que la administración de recursos y bienes del Estado favorece a las personas que los administran.
Tomado de El Caribe